DEDUCCIONES PERSONALES AUTORIZADAS
DECLARACIÓN ANUAL PERSONAS FÍSICAS
Las Personas Físicas tienen derecho a deducir algunos gastos personales al presentar su declaración anual.
Para poder aplicar dichos gastos se debe cumplir con algunos requisitos:
- Solicitar factura, es importante validar sus datos al momento de facturación (RFC, forma de pago, uso de CFDI)
- Forma de pago, se debe realizar el pago por medio de cheque, transferencia, tarjeta de crédito, tarjeta de debito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
- El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de sus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Las deducciones personales autorizadas son las siguientes:
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales, medicamentos comprados en farmacias no son deducibles.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Se recomienda dividir los pagos y factura entre los dos padres de familia en caso de que ambos tengan la intención de presentar su declaración anual (si tuvieron ingresos durante el ejercicio)
- Transporte escolar, sólo si es obligatorio en el instituto.
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
La fecha de presentación de la declaración anual de personas físicas es del 1 de abril al 30 de abril.
Deben considerar que dentro de las facultades del SAT puede solicitar información adicional para realizar las devoluciones de saldos a favor cuando estos sean generados.
En caso de que la devolución del saldo a favor sea rechazado, se puede solicitar de manera manual, para dicho trámite es importante contar con su e.firma (Firma electrónica)
Para más información pueden contactarnos en contacto@sijarquin.mx


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